El edificio donde se albergaba la Santa Inquisición en la Ciudad de México se encuentra ubicado en la esquina que forman las calles de República de Venezuela y República de Brasil, en el centro de la Ciudad de México. Su entrada en diagonal le valió el apodo de La Casa Chata. Fue sede de la Inquisición desde la etapa colonial hasta la Guerra de Independencia. El edificio se construyó entre los años de 1732 y 1736 por don Pedro de Arrieta, arquitecto nacido, probablemente, en Real de Minas de Pachuca. El edificio original constaba de dos pisos que albergaban una cárcel llamada Cárcel de la Perpetuidad, una cámara secreta, varias salas de audición, otras para llevar a cabo los juicios, y el necesario alojamiento para dos inquisidores. Para construir su fachada se empleó el tezontle, y en las ventanas y puertas la piedra llamada chiluca. Los arcos del patio se apoyan en pilares adosados a las paredes en los cuatro puntos cardinales.
Su belleza es un tanto tétrica si pensamos que en dicho edificio se cometieron las más crueles y nefastas torturas a los acusados de ir contra los preceptos de la religión católica, y contra España y sus reyes. Los tormentos que infligía la Inquisición sobre los pobres acusados fueron muchos y tremendos, entre ellos podemos mencionar: la horca, la silla, la flauta del alborotador, el aplasta pulgares, el empalamiento, la pera, el cinturón de castidad, la crucifixión, la zarpa del gato, el cinturón de San Erasmo, la gota china, el desmembramiento por caballos, el taburete sumergible, la cuna de Judas, el aplasta cabezas, el toro Falaris, el péndulo, el desgarrador de senos, el potro escalera, la horquilla del hereje, la turca, la sierra, el cepo, la guillotina, el potro de tortuga, el garrote vil, la tortuga, la doncella de hierro, la cigüeña, la rueda, la hoguera, el agua, los carbones, la bota, y la cabra, más otras torturas más tales como hacer cosquillas a los reos, u obligarlos a comer cosas asquerosas como excrementos. Tormentos cuya ejecución dejamos a la imaginación del lector.
Los delitos que perseguía el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición se basaban en la herejía, que un cierto teólogo del siglo XVI clasificó de la siguiente manera:
- HEREJIA: Proposiciones heréticas, proposiciones erróneas, proposiciones temerarias, proposiciones escandalosas.
- RESABIOS DE HEREJÍA: Apostasía de la fe, apostasía de las religiones en determinadas circunstancias, blasfemias hereticales, cismas, adivinanzas y hechicerías, invocación de demonios y quiromancia, delito de los no sacerdotes que celebraban misa o confesaban, confesores solicitantes, clérigos que contraían matrimonio, bígamos, menospreciadores de campanas y quebrantadores de cédulas de excomunión, los que quedaban en excomunión por un años, quebrantadores de ayunos, los que toman en la comunión muchas hostias, los que disputan casos prohibidos, y los fautores, defensores y recibidores de herejes.
Además de la apostasía, el judaísmo, la blasfemia, las supersticiones, y los pecados nefandos (de carácter sexual, como el lesbianismo y la homosexualidad)
Los castigos de la Santa Inquisición se aplicaban a todos los sectores de la población de la Nueva España, tanto a españoles, mestizos, criollos, mulatos, negros (a las castas en general) y a los indios, a pesar de que en 1570, Felipe II decretó que no se aplicaran a los indios porque como estaban recién evangelizados podían caer en herejías in proponérselo; sólo debía castigárseles con azotes o con servicios en las iglesias y los conventos. Lo cual obviamente no sucedía.
Los tribunales inquisitoriales estaban formados por los inquisidores (juristas y teólogos) un procurador fiscal (que investigaba las denuncias e interrogaba a los testigos), los calificadores (que determinaban si había delito de fe), los consultores (juristas asesores), tres secretarios (notario de secuestros, notario del secreto, y el escribano general), un alguacil (que detenía y encarcelaba a los acusados), el nuncio (que daba a conocer los comunicados del tribunal), un alcalde o carcelero (que alimentaba a los reos), los familiares (colaboradores laicos nobles o de clase popular), los comisarios (sacerdotes colaboradores ocasionales)
En el proceso inquisitorial el juez podía actuar sin necesidad de que el acusador diera inicio a una acción judicial, y el que acusaba no estaba sujeto a ser castigado y recibir la misma pena si sus acusaciones se encontraban falsas o sin fundamento. Así el juez tomaba las declaraciones, interrogaba a testigos y acusados, y sentenciaba, tomando en cuenta el derecho canónigo que establecía la “imparcialidad” necesaria del juez.
La Inquisición se regía en atención a las instrucciones que realizaron Torquemada y compañía, publicadas en el año de 1484 y llamadas Compilación de las Instrucciones del Oficio de la Santa Inquisición y en las últimas instrucciones que elaborase, en 1561, el inquisidor Fernando de Valdés y que se siguieron hasta el término de la institución.
Los acusados podían ser apresados gracias a las delaciones anónimas, sin que el acusado llegase a conocer nunca la identidad de quien lo había acusado, o podían ser detenidos sin necesidad de haber sido acusados, a criterio de los calificadores. Cuando alguna persona caía en manos de la Inquisición, en seguida se la confiscaban sus bienes, mismos que se usaban para el pago de gastos en el proceso, y para el mantenimiento de la Inquisición. Los presos se mantenían incomunicados, no se les permitían visitas ni contacto con otros desafortunados; si el reo contaba con dinero o era importante, se le permitían tener criados con él, mismos que permanecían encerrados con su patrón. Se les encerraba en las cárceles secretas, sin comunicárseles el porqué se encontraban ahí, ni de que se les acusaba. Si un preso protestaba se le colocaba el “pie de amigo”, que mantenía su cabeza erguida por medio de la horquilla de fierro, y se les ponía una mordaza.
Poco después el proceso daba inicio. De más está por decir que la mayoría de los presos debía sufrir los inenarrables tormentos.